Hay que deducir con quietud la intención del legislador constituyente que sabiamente le permite a la cámara de diputados: formular la ternas con las dos terceras partes de los presentes, al Senado que elija con dos tercera partes de los presentes, pero fijaos honorable diputados que sabio fueron los asambleístas cuando dividieron las atribuciones. Ellos en una sabía previsión del ejercicio del poder distribuyen responsabilidades a las fuerzas representativas en el congreso.
Es como decir al congreso: la cámara de cuentas que tu nombraste con una mayoría mecánica, no la puedes subordinar por favor prestado y para que esos miembros no se sientan obligado en gratitud por su elección, nombramiento y por esos efectos la pongas a tus servicios y acciones políticas, vamos a distribuir responsabilidades de la manera siguiente:
La cámara de diputados para poder formular acusación y solicitar juicio politico al Senado, tienes que contar con el voto favorables de las dos terceras partes de la matrícula y para que el senado de la república pueda enjuiciar y destituir la cámara de cuentas tiene que contar con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula.
De lo ante expuesto se deduce que el constituyente ha delegados la responsabilidad de protección institucional a las fuerza minoritaria en ambas cámara, y así impedir la pretensiones de las fuerza política haya nombrado o elegido los miembrosdel órganoconstitucional, por eso en éste caso voluntad del ejecutivo debe ser estudiada minuciosamente.
Se impone pensar que es un deber de la bancada de la oposición, impedir que el gobierno trate de cambiar una cámara de cuenta cada vez que la actual no esté al servicio de sus intereses políticos, pues ha de entenderse que para eso los asambleístas requieren esa votación especial, es decir, casi un consenso nacional para formular un juicio político a un servidor público que está llamado a cumplir con un mandato constitucional.
Así ha de ser, a menos que los hechos punibles o faltas graves que se atribuyan sean comprobadas e irrefutables frente a los legisladores y el país, no puede haber coacción o constreñimiento por inmediatismo frente a un mandato constitucional y una previsión frente al desenfreno del poder.
Plutarco Pérez
Diputado PLD
0 Comentarios